La importancia de una acción integral
La República Argentina y la República del Paraguay en 1996, suscribieron el Convenio sobre conservación y desarrollo de los recursos ícticos en los tramos limítrofes de los Ríos Paraná y Paraguay, en busca de preservar y conservar los recursos Icticos en dichos ríos, y establecer criterios racionales de pesca, evitar el deterioro ambiental y contaminación de ambos Ríos y sus ecosistemas
Estos instrumentos han sido ratificados por la Ley N°1.171 de la República del Paraguay y aprobados por la Ley de Argentina N°25.105.
La COMIP, actúa como Secretaria Permanente del Comité Coordinador. Dicho Comité, se encuentra constituido por dos delegaciones que es presidida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Paraguay y de Argentina, y seis representantes de cada país. A su vez, es asistido por un Consejo Asesor, el cual se encuentra representado por técnicos y científicos en materia de pesca y conservación de la Fauna Íctica, con el objeto de formular propuestas y recomendaciones al Comité.
Misión y funciones de la Secretaria Permanente:
- Mantener el inventario y la evaluación estadística de los recursos vivos y de la pesca, a través del procesamiento, análisis y la publicación de información tal como capturas, esfuerzos de pesca y otros datos provistos por organismos afines.
- Organizar el intercambio de información entre las partes contratantes concerniente a la ejecución de ese Convenio.
- Preparar y elevar propuestas al Comité Coordinador, relativas a la investigación científica en el área del Convenio.
- Coordinar la planificación de proyectos de investigación y desarrollo tecnológico sobre la pesca en los Ríos Paraná y Paraguay para ser realizados en forma conjunta o separada por los organismos competentes de las partes contratantes.
- Coordinar el control y efectuar el seguimiento permanente de las acciones y medidas dispuestas por el Comité Coordinador.
Misión y funciones del Comité Coordinador:
- Control de pesca y preservación del recurso íctico.
- Regulación de la pesca, la conservación y desarrollo de la Fauna Ictica.
- Regulación de las artes y métodos de pesca.
- Regulación sobre tamaños y especies de captura de peces.
- Establecimiento de áreas de reserva o tramos protegidos y sus reglamentos de pesca.
- Fijación de volúmenes máximos de captura por especie y su ajuste periódico.
- Mejoramiento y desarrollo de los recursos vivos incluyendo la reproducción artificial de peces y otros organismos.
Misión y funciones del Consejo Asesor:
- Estará integrado por expertos que reflejen competencias institucional, técnica y científica, nombrados por el Comité Coordinador
- Para la conformación del Consejo Asesor se buscará la paridad en cuanto al número de miembros de cada país.
- La convocatoria a las reuniones del Consejo Asesor estará a cargo de la Secretaria Permanente.
- Formulará y elevará a requerimiento del Comité Coordinador las propuestas y recomendaciones para el cumplimiento de las misiones y funciones previstas en el Art. XI del Convenio.